Impuesto sobre transmisiones patrimoniales

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Venta de objetos de segunda mano

 

Los últimos años han tenido gran crecimiento y desarrollo las plataformas y portales de internet de venta de bienes de segunda mano entre particulares.

No es algo nuevo, siempre ha existido la venta de objetos usados, pero con el revolucionario desarrollo y universalización del uso de internet las operaciones de venta de bienes usados se ha multiplicado exponencialmente gracias a esas webs que todos tenemos en mente. Y, salvo en el caso de los vehículos y las viviendas, encontrar a alguien que haya pagado algún impuesto por la venta o adquisición de bienes usados es tan difícil como encontrar a alguien procedente de otro planeta.

Sin embargo, conforme a la legislación fiscal vigente, las compraventas de bienes usados entre particulares se encuentra sometida al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, al tipo que marque cada comunidad autónoma al tratarse de un impuesto cedido, normalmente al tipo del  4 por 100.

No era necesaria la aclaración por parte de la Administración, si bien en fechas recientes ha sido objeto de difusión una resolución de la Dirección General de Tributos del Ministerio de Hacienda, de 22 de agosto de 2017 que puede encontrarse en este enlace,  en la que se confirma esta circunstancia.

Entendemos que por razones obvias la Administración no va a perseguir, no puede hacerlo por falta de medios personales y el coste de su propia actuación, transmisiones de cincuenta o cien euros que supongan un impuesto de dos o cuatro euros, que son la mayoría, pero el aviso está lanzado y ha creado cierto revuelo, que suponemos era lo buscado.

Por el contrario, es de suponer que  los esfuerzos de la Administración se dirijan a controlar en alguna medida, a “apretar” a los portales de internet especializados, estableciendo algún mecanismo que les obligue a recabar y facilitarle información de los particulares que oferten sus bienes usados en sus plataformas, para poder centrar sus esfuerzos en aquellas posibles transmisiones de importes elevados que puedan hacer “rentable” la comprobación administrativa.

No dude en ponerse en contacto con nosotros para cualquier cuestión relacionada con esta materia en nuestros canales habituales de contacto.

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