A la hora de hacer frente al pago de impuestos u otras obligaciones tributarias con Hacienda, a muchos empresarios y profesionales les suele surgir un problema importante, la falta puntual de liquidez.
Anteriormente, cualquier contribuyente podía solicitar un aplazamiento de una o varias de sus deudas con el fisco, siempre que estas no superaran la cantidad conjunta de 18.000 euros, ya que en caso de que el total de deudas hubiera superado dicha cantidad, entonces el contribuyente debería aportar avales bancarios u otro tipo de garantías para poder obtener el aplazamiento. Normalmente este proceso de obtención de avales y/o garantías era muy costoso por lo que muchos de los contribuyentes no podían optar por el aplazamiento de su deuda en momentos de falta de liquidez.
Pues bien, desde el pasado 19 de Octubre, dicho límite ha sido ampliado hasta la cantidad de 30.000 euros. Este aumento en la cantidad máxima, sin duda facilitará a profesionales y empresarios afrontar sus deudas con Hacienda sin necesidad de incurrir en excesivos costes adicionales de la solicitud, por ejemplo, de avales bancarios.
Como es habitual, el límite de aplazamiento de deudas se aplica a todas las deudas que un contribuyente tenga con Hacienda a excepción de las deudas por ingreso de retenciones de IRPF, que son inaplazables y de las deudas para las que el código aduanero contemple una normativa de aplazamientos diferente.
Sumado a esta nueva facilidad para afrontar las deudas con Hacienda, se añade que también el interés de demora que se aplica a los aplazamientos concedidos por Hacienda se ha reducido hasta el 3,75% aplicable al año 2016.
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