Caso Banco Popular – Tributación en IRPF

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Como es sabido, en el mes de junio de 2017 tuvo lugar la intervención del Banco Popular y su venta al Banco de Santander, lo que supuso para sus accionistas y obligacionistas una considerable pérdida patrimonial al no recibir suma alguna por la pérdida de sus activos.

Para evitar numerosas y cuantiosas reclamaciones judiciales, el Banco de Santander ofreció a los antiguos accionistas y obligacionistas la entrega gratuita de bonos de fidelización emitidos por el banco, si bien por un importe nominal inferior al que tenían sus valores, posibilidad que concluía el 7 de diciembre y a la que al parecer se han acogido cerca de un 75 por 100 de los afectados.

Se haya o no aceptado la oferta del Banco Santander, la operativa comentada tiene indudable impacto fiscal para los afectados, que en el caso de las personas físicas tendrá incidencia en el IRPF del ejercicio 2017.

De tal modo, los antiguos accionistas y obligacionistas podrán declarar una pérdida patrimonial o un rendimiento negativo por la transmisión forzosa de sus valores sin contraprestación.

En el mismo ejercicio tendrán un ingreso o ganancia patrimonial por el valor de los bonos de fidelización recibidos, que se compensará con la pérdida o renta negativa mencionada en el párrafo precedente.

Por su parte, los intereses que generen los bonos recibidos serán renta del ahorro sin mayor especialidad.

Sobre este particular la AEAT ha publicado una nota en su web en la que se analiza pormenorizadamente lo aquí expuesto.

En cualquier caso, no dude en ponerse en contacto con nosotros para cualquier cuestión relacionada con esta materia en nuestros canales habituales de contacto.

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