Para las empresas viene un periodo en el que sus trabajadores van a empezar a disfrutar de sus vacaciones. La contratación idónea para la cobertura de estas vacantes y las tareas que desempeñan son los contratos eventuales y no contratos de sustitución.
Contratos temporales y su utilización como contrato para sustituir vacaciones
Los contratos temporales sólo se pueden utilizar en casos específicos.
Uno de esos casos es para cubrir los trabajos dejados de realizar por los empleados que disfrutan de sus vacaciones anuales. Por tanto, si usted necesita contratar a sustitutos durante las vacaciones de su personal indefinido, actúe del siguiente modo:
- Formalice contratos eventuales por circunstancias de la producción. Este contrato es el que se utiliza para cubrir las oscilaciones que, aun tratándose de la actividad normal de su empresa, generan un desajuste temporal entre el empleo disponible y el que se requiere. Entre dichas oscilaciones se incluyen las que derivan de las vacaciones anual.
- Aunque necesite sustituir a los empleados que hacen vacaciones, no formalice contratos de sustitución. ¡Atención! Este contrato sólo se puede utilizar para sustituir a trabajadores que tengan el contrato suspendido y el derecho de reserva de su puesto de trabajo (en caso de bajas médicas, de situaciones de maternidad y paternidad…). Las vacaciones no son una suspensión del contrato sino una mera interrupción.
Para que se entienda que concurre una causa justificada de temporalidad y el contrato eventual sea lícito, debe especificar con precisión la causa habilitante de la contratación, las circunstancias concretas que la justifican y su conexión con la duración prevista.
Riesgos y consecuencias de errores en la formalización del contrato
Indefinidos. Sepa que, si comete un error en la formalización de un contrato temporal, éste se podrá considerar indefinido. ¡Atención! Vea los errores más habituales cometidos por las empresas:
- Alguna empresa no concreta a qué trabajador se sustituye ni su período de vacaciones, limitándose a indicar como causa “cubrir vacaciones” o “cubrir un exceso de pedidos”.
- Otras no hacen coincidir la causa de la sustitución con su duración real. ¡Atención! Por ejemplo, concretan que el contrato sirve para cubrir las vacaciones de un determinado trabajador, pero consignan una duración superior (hasta los seis meses máximos permitidos en el contrato eventual). En tal caso, no coincide la duración de la causa real del contrato (los 30 días de vacaciones) con la del contrato (seis meses).
Consecuencias. Los errores anteriores convierten el contrato en indefinido y pueden conllevar una multa de 1.000 euros por contrato.
Indique en el contrato eventual que su objeto es cubrir las vacaciones anuales de determinado trabajador y concrete el período. Si el sustituto va a cubrir las vacaciones de dos o más trabajadores, indique los nombres de todos ellos y los períodos de sus vacaciones.
Asesoramiento experto en contratos para sustituir vacaciones
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