Las cuentas anuales son los documentos que recogen la información financiera y pretenden cubrir las necesidades de los usuarios en un proceso de toma de decisiones económicas.
La información contenida va dirigida a todas aquellas personas, que por cualquier motivo, tengan relación con la empresa que las deposite y por tanto tengan interés en conocer la situación y marcha de la misma.
La empresa debe formularlas en un plazo de 3 meses tras el cierre del ejercicio, y aprobarlas antes de 6 meses tras el cierre. Una vez aprobadas las cuentas anuales se dispone de hasta 30 días naturales para presentarlas en el Registro Mercantil.
Los documentos que deben incluir las cuentas anuales individuales a presentar son los siguientes:
- Certificación de aprobación de dichas cuentas
- Memoria
- Balance
- Cuenta de pérdidas y ganancias
- Declaración de Identificador del titular real
- Informe Medioambiental
- Informe de acciones / participaciones propias
- Hoja de datos generales de identificación
- Instancia de presentación
En caso de tener que pensar informe de auditoría, aparte de los nombrados anteriormente también deben incluir:
- Informe de auditoría
- Informe de gestión
- Estado de flujos de efectivo
- Estado de cambios en el patrimonio neto
En lo que se refiere a las cuentas anuales de este año en sentido estricto, no presentan cambios en comparación con el ejercicio anterior. En este año 2022, hay que seguir incluyendo tanto para las cuentas anuales individuales como para las cuentas anuales consolidadas la hoja de declaración Covid-19.
Si la declaración de identificación del titular real ha sufrido modificaciones sobre las cuentas anuales presentadas en 2021, debemos indicar cuales son los datos identificativos de aquellas personas físicas con un porcentaje de participación superior al 25%, o en caso de no existir, indicar el administrador o responsable de dirección.
Si transcurre un año desde el cierre del ejercicio y la no presentación de dichas cuentas anuales, se procederá al cierre provisional de la hoja registral. Por lo consiguiente no se podrá inscribir ningún documento en el registro.
Es importante contar con profesionales expertos en este tema, que puedan asesorarte y brindarte un buen servicio de Asesoría Contable, para poder ayudarte en estos temas.