Como en los últimos ejercicios, durante el primer trimestre del año debe presentarse la declaración de bienes y derechos en el extranjero, modelo 720.
Por exponerlo muy resumidamente, en dicha declaración deben recogerse los bienes y derechos de los que el obligado tributario sea propietario, tenga poder de disposición, etc, agrupados en tres bloques de activos: inmuebles, valores y cuentas bancarias, siempre que el valor de cada uno de los grupos en conjunto supere la cifra de 50.000,00 euros.
Igualmente, de haberse presentado el modelo en algún ejercicio anterior, debe volverse a presentar si el importe conjunto de cada grupo de activos ha aumentado en 20.000,00 euros, como también debe comunicarse la transmisión de cualquiera de los activos declarados en los ejercicios precedentes.
Como se ha dicho, la declaración debe presentarse en las próximas semanas, siendo el último día de plazo para las declaraciones correspondientes al ejercicio 2018, el 1 de abril de 2019.
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