Devolución de IVA soportado en otro pais de la U.E.

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Estamos en el mes de Septiembre, el mes de la vuelta de las vacaciones, el mes de inicio de las interminables colecciones de los kioscos y el mes en que finaliza el plazo de solicitud de devolución del IVA soportado en países de la Unión Europea.

Si, como empresario o profesional, ha soportado facturas con IVA en algún país de la Unión Europea que no sea el propio y que no tenga la consideración de adquisición de bienes o servicios intracomunitarios debido a la regla de localización del IVA. (es decir, los que se consideran prestados en el lugar de destino, como por ejemplo alojamiento, desplazamientos, alimentación, acceso a ferias, etc.), tiene de plazo hasta el día 30 de Septiembre para solicitar la devolución del IVA soportado mediante la presentación del Modelo 360 del que hay que tener en cuenta las siguientes características:

  • Se debe presentar un Modelo 360 diferente por cada país en el que se solicite la devolución de IVA.
  • El Modelo 360 se presenta únicamente de forma telemática ante la AEAT, pero esta no se hace cargo de la devolución, sino que remite a la Hacienda de cada país la respectiva solicitud y el la Hacienda de cada país la encargada de aceptar o no la mencionada solicitud.

Puede pinchar aquí para acceder a la web de la Agencia Tributaria y obtener más información sobre el Modelo 360

  • Es importante resaltar que cada país tiene diferentes requisitos para admitir las solicitudes de devolución del IVA.

Respecto a este último punto es importante conocer los requisitos sobre los que cada país acepta la devolución del IVA para no trabajar sin necesidad, ya que la confección y preparación del Modelo 360 no es complicada, pero si laboriosa.

Entre los requisitos más comúnmente exigidos por los diferentes países está el de aportar junto con la declaración una fotocopia de las facturas, que se presenta previamente mediante registro electrónico, así como el de hacer una solicitud por un importe mínimo (según los países suele oscilar entre los 50 euros y los 400 euros)

En algunos países, también se exige aportar un pequeño escrito, normalmente en el idioma del país al que va dirigida la solicitud, aunque la mayoría de los países acepta el inglés como idioma para realizar el escrito, indicando el motivo del gasto, así como una relación de las personas que intervienen en dicho gasto (por ejemplo los comensales de una comida en un restaurante o los huéspedes en una factura de Hotel, etc.)

Para más información sobre los requisitos específicos de cada país para solicitar la devolución del IVA, así como un listado sobre cuales tipos de gasto se admite la devolución y sobre cuales no se admite en cada país, se puede visitar el siguiente enlace de la web de la Unión Europea.

Por último hay que añadir que este Modelo 360 también puede presentarse de manera trimestral en cuyo caso tiene otros requisitos.

 

Si desea ampliar esta información de esta materia o cualquier otra cuestión, no dude en contactar con el equipo de profesionales que componen HEREDIA CRUCES ASESORES en nuestros canales habituales de contacto.

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