El pasado 30 de septiembre de 2016 fue aprobado el Real Decreto Ley 2/2016 por el que, como se había anunciado, se incrementan los porcentajes de los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades de las empresas que el ejercicio precedente hubieran facturado más de 10 millones de euros.
De tal modo, las citadas entidades deberán aplicar en el cálculo del pago fraccionado el tipo del 24 por 100, y en cualquier caso el importe final del pago fraccionado resultado no podrá ser inferior al 23 por 100 del resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias del período de liquidación, con exclusivo descuento de las cantidades ingresadas en los pagos fraccionados realizados previamente.
Puede encontrarse el detalle de la novedad fiscal, así como nota aclaratoria de la Administración en este enlace a la web de la AEAT
No dude en ponerse en contacto con nosotros para cualquier cuestión relacionada con esta materia en nuestros canales habituales de contacto.