Incentivos por contratar a familiares

Jubilación y trabajos esporádicos - Tesorería general de la seguridad social

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Novedad. Próximamente (y si no hay cambios de última hora) entrará en vigor una bonificación de la que se podrán beneficiar los autónomos que contraten a familiares como empleados por cuenta ajena, dándolos de alta en el Régimen General. En concreto:

  • El autónomo deberá firmar un contrato indefinido con el cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado
  • La bonificación es del 100% de las cuotas empresariales por contingencias comunes durante doce meses.

Requisitos. En todo caso, para poder acogerse a esta bonificación se deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • El autónomo no puede haber efectuado despidos objetivos o disciplinarios que hayan sido declarados judicialmente improcedentes en los doce meses anteriores a la firma del contrato
  • Asimismo, debe mantener el nivel de empleo alcanzado con la contratación en los seis meses posteriores a su celebración
  • Por último, debe tener en cuenta los requisitos generales para todas las bonificaciones. Entre otros, debe estar al corriente de pago con la Seguridad Social, el familiar no puede haber tenido un contrato fijo en otra empresa en los tres meses anteriores…

Estamos a su disposición para cualquier información o asesoramiento que precise al respecto.

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