A lo largo de los últimos años han sido objeto de anulación por los Tribunales de Justicia numerosas estipulaciones contenidas en los contratos de préstamos hipotecarios concedidos por distintas entidades financieras, las conocidas como cláusulas suelo.
En muchos casos se ha condenado a la entidad bancaria a la devolución de los intereses abonados por los prestatarios (los deudores contratantes de los préstamos) por aplicación de las cláusulas suelo.
Esta devolución puede tener incidencia en el IRPF de los interesados. De tal modo, la Dirección General de Tributos en recientes resoluciones (por ejemplo, distintas resoluciones de 3 de junio de 2016) ha aclarado que si los contribuyentes practicaron deducciones por inversión en vivienda habitual, deduciendo los intereses ahora devueltos, deberán rectificar dichas deducciones, minorándolas en los importes percibidos, e ingresando en la Hacienda Pública la cuota correspondiente.
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