NOVEDADES EN LA DECLARACIÓN INFORMATIVA DE VIVIENDAS CON FINES TURÍSTICOS

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El modelo 179 es una declaración trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos. El plazo está comprendido entre el primer y el último día del mes natural posterior a la finalización del trimestre

A partir de enero del 2019 nace la obligación de informar sobre la cesión del uso de viviendas, a través del modelo 179 aprobada por la Orden HFP/544/2018 del 24 de mayo.

Hay que destacar recientemente una sentencia del Tribunal Supremo de 23 de julio de 2020 y publicada en el BOE el día 23-09-2020. En esta sentencia se declara la nulidad del apartado 11 del artículo primero del Real Decreto 1070/2017, de 29 de diciembre, que introduce un nuevo artículo 54.ter en el Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria (Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, que regula la “Obligación de informar sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos”)

En la sentencia del Tribunal Supremo número 1106/2020 se declara lo siguiente: se anula y se deja sin efecto el art. 54 ter del Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión de inspección tributaria, introducido en 2017, ya que en su tramitación no se comunicó a la Comisión Europea como era obligatorio.

Dicha declaración de nulidad lleva consigo la desaparición de presentación de la correspondiente declaración informativa contenida en el modelo 179.

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