En los últimos días han sido objeto de difusión diversas modificaciones legales encaminadas a mejorar tanto la fiscalidad como el régimen de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores autónomos.
Con las debidas cautelas, pues la norma que debe recoger estas novedades aún no ha sido objeto de aprobación parlamentaria, pueden destacarse en el ámbito fiscal medidas como:
- Deducibilidad de gastos por manutención en municipios distintos del de residencia del autónomo, en línea con la exención legalmente prevista de las dietas que perciben los empleados por cuenta ajena, esto es, 26,67 euros diarios si el trabajo se ha desarrollado en España y 48,08 euros si ha sido en el extranjero.
- Deducibilidad en el IRPF del 50 por 100 del valor de adquisición del vehículo del trabajador autónomo, hasta ahora posibilidad solo prevista en el Impuesto sobre el Valor Añadido.
- Deducibilidad del 30 por 100 de los suministros de la vivienda del autónomo (gas, electricidad, teléfono, internet, etc) si también desarrolla en dicho inmueble su actividad.
Junto a estas novedades en materia tributaria, también se plantean importantes medidas en materia de Seguridad Social, como la extensión a un año de la tarifa plana de cotización de 50,00 euros, la devolución automática de excesos de cotización en el caso de trabajadores que simultanean su actividad por cuenta propia con un trabajo por cuenta ajena, reducción de recargos por ingreso fuera de plazo, mayores posibilidades de cursar altas y bajas en el ejercicio, etc. Todas estas medidas serán objeto de comentario en publicación posterior.
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