Desde el 1 de enero de 2019 se encuentran en vigor las siguientes medidas que afectan al Régimen General de la Seguridad Social:
- Actualización del tope máximo-mínimo y de las bases máximas-mínimas de cotización en el sistema de la Seguridad Social. La base máxima de cotización para 2019 ha quedado fijada en 4.070,10 euros mensuales. El aumento es de un 7% respecto a la base de 2018, que era de 3.803,70 euros. En cuanto a la base mínima, queda fijada en 1.050 euros y hasta el 2018 era de 858,60 euros.
- Supresión de los contratos e incentivos a la contratación vinculados a la existencia de una tasa de paro superior al 15 % (entre otros, el contrato de trabajo de apoyo a los emprendedores). Algunos incentivos en las cotizaciones y determinados contratos que daban lugar a bonificaciones han quedado derogados desde el 1 de enero de 2019. Se ha derogado el contrato indefinido de apoyo a los emprendedores, el contrato para jóvenes por microempresas y autónomos, los incentivos de los que se podía beneficiar la empresa, así como la bonificación del 50% en la cuota empresarial por contingencias comunes que existía en los contratos en prácticas.
- Incremento de hasta un 40 % del recargo en las cotizaciones de los contratos temporales de muy corta duración. La cuota empresarial por contingencias comunes se incrementa en un 40% en los contratos temporales de duración igual o inferior a cinco días. Además, el recargo sí que se aplica a los contratos de interinidad. Hasta 2018, el recargo era del 36% y existía en los contratos temporales de duración inferior a siete días (aunque no se aplicaba a los contratos de interinidad).
- Se han incrementado los tipos de cotización por accidentes de trabajo aplicables a determinadas actividades. También ha aumentado el tipo de cotización aplicable al personal en trabajos exclusivos de oficina. Es decir, a los empleados encuadrados en el código de ocupación a). En este caso, el tipo de cotización pasa del 1% al 1,50%.
- Nueva inclusión de la jubilación forzosa en los convenios colectivos como medida de fomento del empleo.
- Extinción de la colaboración voluntaria de las empresas en la gestión de la Seguridad Social prevista en el artículo 102.1.b) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
- Nueva infracción en materia de Seguridad Social para evitar los falsos autónomos con una sanción de hasta 10.000 euros por trabajador.
En el Régimen de Autónomos tenemos las siguientes novedades a destacar:
- La base mínima de cotización se ha incrementado un 1,25% y pasa a ser, en general, de 944,40 euros. La base máxima se sitúa en 4.070,10 euros mensuales. Una de las novedades más importantes es la obligatoriedad de cotizar por todas las contingencias que hasta ahora tenían carácter voluntario. Es decir, los autónomos quedan obligados a cotizar por contingencias profesionales (accidentes de trabajo), por cese de actividad (el paro de los autónomos) y también se ha incorporado la obligación de cotizar por formación profesional. Pese a ello, estas nuevas obligaciones de cotización no tienen por qué suponer un coste para los autónomos, dado que los tipos de cotización se han reducido.
Desde enero de 2019, el paro de los autónomos (llamado prestación de cese de actividad) se puede cobrar durante 24 meses. Hasta diciembre de 2018 sólo se podía percibir la prestación como máximo durante 12 meses.
Otras novedades que se han producido son las siguientes:
- El SMI ha quedado fijado en 900 euros mensuales (12.600 euros anuales). Atención con empleados de hogar y resto de trabajadores cuyos convenios hayan podido quedarse por debajo de este umbral.
- Obligatoriedad de cotizar por las prácticas realizadas por estudiantes (becarios), aunque éstas no tengan carácter remunerado. Anteriormente al 2019, sólo tenían que darse de alta en Seguridad Social y cotizar por las prácticas que fueran retribuidas.
- Modificación en la Cotización en el Sistema Especial para Empleados de Hogar establecido en el Régimen General de la Seguridad Social. Se modifican las bases de cotización, pudiendo alcanzarse la cotización por el salario del trabajador en su totalidad.
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