El pasado 28 de diciembre de 2022 fue publicada en el BOE la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, por la que se crea el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas.
¿Cuál es la naturaleza y objeto del nuevo impuesto a las grandes fortunas?
Se califica como un tributo de carácter directo, naturaleza personal y complementario del Impuesto sobre el Patrimonio que grava el patrimonio neto de las personas físicas de cuantía superior a 3.000.000 de euros.
¿Cuál es su hecho imponible y devengo?
Tener en el momento del devengo del impuesto un patrimonio neto superior a 3.000.000 de euros, estableciéndose el devengo el 31 de diciembre de cada año.
¿Quiénes son los sujetos pasivos?
Los que lo sean del Impuesto sobre el Patrimonio conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 19/1991.
¿Cuál es su base imponible y liquidable?
La base imponible es el valor del patrimonio neto del sujeto pasivo, que se determinará por diferencia entre el valor de los bienes y derechos de que sea titular y las cargas y gravámenes de naturaleza real, cuando disminuyan el valor de los respectivos bienes o derechos, y las deudas u obligaciones personales de las que deba responder el sujeto pasivo.
En el caso de obligación personal y en concepto de mínimo exento la base imponible se va a reducir en 700.000 euros.
¿Cuál es la tarifa del impuesto?
El nuevo Impuesto de Solidaridad para las grandes fortunas tendrá los siguientes tipos de gravamen:
- Entre 3 y 5.347.998,03 euros: 1,7%.
- Entre 5.347.998,04 y 10.695.996,06 euros: 2,1%.
- Más de 10.695.996,06 euros: 3,5%.
¿Cuál es su período de vigencia?
Se determina que se aplicará en los 2 primeros ejercicios en los que se devengue a partir de su entrada en vigor.
¿Cuándo se liquidará el Impuesto a las grandes fortunas?
El período de liquidación será entre el 1 y 31 de julio de cada año sobre la riqueza declarada en el ejercicio anterior, es decir, del 1 al 31 de julio de 2023 se abonará este impuesto respecto de lo declarado en 2022.
La declaración se hará a través del nuevo modelo 718 de declaración del impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas.
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