Concluida la campaña de presentación de las declaraciones del IRPF, nos adentramos en otro período de especial intensidad en lo que se refiere al cumplimiento de las obligaciones fiscales de empresas y autónomos.
De tal modo, entre otros y principalmente, en los primeros 22 días del mes de julio deben presentarse las declaraciones trimestrales de IVA (modelo 303), pago fraccionado del IRPF de los autónomos (modelos 130 y 131), retenciones a empleados y profesionales (modelo 111), y retenciones por arrendamientos de locales de negocio (modelo 115).
Junto a esas declaraciones de carácter trimestral, las empresas con ejercicio anual coincidente con el año natural, deben presentar la autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades en los primeros veinticinco días del mes.
Estas obligaciones se complementan en el caso de las sociedades mercantiles con la obligación de presentar en el Registro Mercantil las cuentas anuales del ejercicio anterior.
Para la preparación de cualquiera de las declaraciones mencionadas puede contar con HEREDIA CRUCES Asesores y Abogados, para lo que puede ponerse en comunicación con nosotros mediante nuestros canales habituales de contacto.