Nuevas Formas de Apoderamiento Electrónico

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Debido al contexto actual de crisis sanitaria por el covid-19, se ha instaurado un nuevo trámite para poder realizar apoderamientos ante la AEAT, sin tener que realizar desplazamientos a las oficinas.

Hay que señalar que hasta ahora el alta del poder para trámites tributarios se podía realizar de las siguientes formas:

  • Por internet, a través de certificado electrónico o Cl@ve
  • Mediante presentación personal en las oficinas de la AEAT
  • Mediante documento público o documento privado con firma notarialmente legitimada presentada ante la Agencia Tributaria.

Para facilitar la tramitación electrónica y aquellos casos en los que el poderdante no tenga identificación electrónica para apoderar, ha surgido una nueva forma de dar de alta el poder de representación, a través de la Sede Electrónica de la AEAT, sin la intervención del poderdante.

En este tipo de casos esta la posibilidad de presentación de la escritura de poder en el Registro Electrónico de la Agencia Tributaria para generar el apoderamiento.

No es necesario que participe el poderdante, pues ya en su momento otorgó el poder ante el fedatario público correspondiente.

Estas escrituras de poder otorgadas para trámites y actuaciones ante la AEAT pueden ser presentadas por el propio apoderado con su certificado electrónico o Cl@ve.

La presentación de las escrituras de poder otorgadas debe ser el apoderado las que haga su presentación por Internet con su certificado electrónico o Cl@ve, tras este procedimiento se incorporara el poder en el Registro de Apoderamientos, después de la revisión del funcionario y mediante dos formas:

  • Aportación de las escrituras em formato pdf presentadas en el Registro Electrónico.
  • Aportación en el Registro Electrónico de la Agencia Tributaria de escrituras electrónicas de apoderamiento o copias electrónicas de las mismas, regidas por el 17 bis de la ley del Notariado.

Otro nuevo procedimiento de acreditación para Certificados de Representante de Persona Jurídica y de Representante de Entidad sin Personalidad Jurídica de la FMNT a través de las oficinas de Correos.

Para la justificación de la identidad en las oficinas de Correos, el proceso es el mismo. A su vez, también habrá que rellenar electrónicamente un formulario de solicitud online con los datos de contacto (página web FNMT). Una vez rellenado y junto con la documentación necesaria para la acreditación, deberá acudir a una oficina de Correos con la documentación que se detalla en la FNMT.

Cualquier error en la cumplimentación supondrá la no emisión del certificado; la FMNT informará a través de su servicio de Atención a Usuarios, debiéndose repetir el proceso.

 

 

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