A partir del 3 de enero de 2018 entra en vigor un nuevo código de identificación internacional para todas las personas jurídicas.
Este código se llama LEI (Legal Entity Identifier) y es alfanumérico y deben de tenerlo todas las empresas que vayan a operar en mercados financieros de la Unión Europea, para que su intermediario financiero (empresas de servicios de inversión y entidades de crédito) puedan ejecutar las operaciones.
Todas las personas jurídicas que vayan a obtener un LEI tendrán que hacerlo antes del 3 de enero de 2018 y este código solo lo pueden emitir los Registradores Mercantiles, con lo cual es el Colegio de Registradores de España la institución encargada de realizar este trámite.
El solicitante tendrá que cumplimentar una solicitud con los datos de la empresa y representante. Esta solicitud se puede obtener de forma telemática en el Colegio de Registradores de España.
La validez de este código es de un año desde la fecha de emisión o de la fecha de la última renovación.
Los códigos LEI pueden ser consultados de forma gratuita en la página web del Colegio de Registradores de España
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