Invertir en cine y en música
Una vez que hemos dejado atrás el inicio del año y formulado muchos propósitos de año nuevo, uno de ellos para muchas empresas y particulares suele ser el de reducir su carga fiscal de cara a final de año. Invertir en cine y música puede ser una estupenda opción para ello.
Esta deducción contemplada en el artículo 36 de la LIS permite a cualquier empresa o autónomo que apoye y contribuya financieramente a este tipo de proyectos culturales (producciones cinematográficas o musicales) aplicar una deducción en su impuesto de sociedades o de IRPF superior a la cantidad invertida.
¿A qué deducciones tengo derecho como inversor en estas producciones?
Esta pregunta dependerá del tipo de producción en la que se invierta, ya que las condiciones son diferentes si estamos hablando de una producción cinematográfica o de espectáculos en vivo y artes escénicas o musicales.
En el caso de producciones cinematográficas, la deducción sería del 30% de la base en el primer millón de euros y del 25% para el resto.
En el caso de espectáculos en vivo y artes escénicas, esta sería del 20% de la base.
Las bases de la deducción sería el coste total de la producción, más los gastos de publicidad y promoción, de producción física de copias a cargo del productor, con el límite del 40% del coste de producción.
¿Qué requisitos debe cumplir la inversión?
Para poder acogernos a estas deducciones, deben cumplirse por parte de la productora cinematográfica una serie de requisitos que deberán certificar debidamente:
1. Que más del 50% de la base de la deducción deben ser acometidas en territorio español.
2. Que la producción obtenga el certificado de nacionalidad y el certificado de carácter cultural relativo a su contenido, vinculación cultural española o enriquecimiento de diversidad cultural, emitidos por el Instituto de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales Audiovisuales.
3. Que se deposite una copia de la producción en la Filmoteca Española o la respectiva filmoteca autonómica.
En el caso de espectáculos en vivo y musicales los requisitos serán los siguientes:
– La obtención de un certificado del Instituto de Artes Escénicas y Música.
– Que se destine al menos el 50% de los beneficios en el ejercicio a la realización de actividades que dan derecho a esta deducción en el plazo de 4 años.
En HEREDIA CRUCES somos expertos en la tributación de autónomos y empresas. Si está considerando invertir en cine y/o producciones musicales y tiene alguna pregunta, no dude en ponerse en contacto con nosotros.