Objetivo del contrato de formación en alternancia
Compatibilizar la actividad laboral retribuida con los correspondientes procesos formativos en el ámbito de la formación profesional, los estudios universitarios o del catálogo de especialidades del Sistema Nacional de Empleo. Este tipo de contrato busca que el trabajador adquiera conocimientos teóricos además de prácticos, lo que implica una doble formación exigida para esta modalidad de contratación. La actividad desempeñada por la personal trabajadora en la empresa debe estar directamente relacionada con las actividades formativas que justifican la contratación laboral, integrándose en un programa de formación común elaborado en el marco de acuerdos y convenios de cooperación.
Duración del contrato de formación en alternancia en 2025
Tras la entrada en vigor de la Reforma Laboral (RD Ley 32/2021) la duración del contrato de formación en alternancia ha quedado establecida entre un mínimo de 3 meses y un máximo de 2 años.
Es fundamental que esta duración quede reflejada en el plan o programa formativo correspondiente, ya que este documento es el que regula las actividades de formación y garantiza el cumplimiento de los objetivos del contrato.
¿Cuántas prórrogas puede tener un contrato de formación?
El contrato de formación en alternancia debe firmarse en un solo contrato.
Sin embargo, si la duración máxima de 2 años no se ha alcanzado y resulta necesario extender el tiempo para que la persona trabajadora complete su formación el contrato se puede prorrogar.
Además, es importante destacar que en el contrato de formación en alternancia no puede establecerse período de prueba.
¿Pueden realizar horas extras las personas con un contrato de formación?
Las personas contratadas bajo esta modalidad no pueden realizar horas extras ni trabajar en horario nocturno, salvo en casos excepcionales en los que la naturaleza de la actividad lo justifique.
¡Importante! El RD Ley 32/2021 introdujo una flexibilización que durante años había sido muy demandada por sectores, como el de la hostelería.
Se permite el trabajo nocturno cuando las actividades para el aprendizaje «no puedan desarrollarse en otros períodos, debido a la naturaleza de la actividad».
Por otra parte, la empresa está obligada a informar a las personas contratadas mediante un contrato de formación en alternancia sobre la existencia de puestos vacantes, promoviendo su integración y continuidad laboral.
Si tu empresa necesita asistencia con este tipo de contratos, nuestro servicio de asesoría laboral para empresas te puede ayudar a resolver tus dudas y garantizar el cumplimiento de las normativas.