Obligación de notificar la ausencia en casos de Incapacidad Temporal (IT)

Notificación ausencia por incapacidad temporal

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De un tiempo a esta parte las empresas se han visto en el escenario de saber si el trabajador les debía comunicar o no una ausencia a consecuencia de estar inmersos en un proceso de baja por enfermedad. Y esto se origina desde que en abril de 2023 se modifica el proceso de gestión de las bajas médicas y su comunicación, a través del cual un trabajador en esta
situación ya no debía facilitar a la empresa el justificante de dicha baja, debido a que esta comunicación iría directamente desde el INSS-pero ¿realmente debe comunicar sus ausencias?

¿Debe el trabajador comunicar una ausencia por incapacidad temporal?

Pues bien, la jurisprudencia se ha manifestado a este respecto y establece con claridad que, aunque ya no hay obligación por parte de la persona trabajadora de aportar el parte de baja médica sí debe comunicar a la empresa sus ausencias.

Así se han manifestado, entre otras, la sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, de 18 de diciembre de 2023, o la más reciente de la Sala de lo Social del TSJ de Madrid, del pasado 23 de abril de 2025.

El deber de buena fe y comunicación inmediata

La persona trabajadora debe avisar a la empresa de su ausencia por IT de forma inmediata, aunque el parte médico se remita oficialmente después. Es decir, el parte digital cubre, por así decirlo, la “burocracia”, pero la buena fe la tiene que aportar el trabajador con su comunicación inmediata. Por lo tanto, esta sentencia refuerza la importancia de la buena fe en las relaciones laborales y la exigencia de comunicar las incidencias laborales, en este caso ausencias, a la empresa.

Recomendaciones para los departamentos de RRHH

A la vista de todo ello una serie de recomendaciones prácticas a este respecto a los departamentos de RRHH de las organizaciones:

Importante: revisión de los protocolos internos a este respecto para dejar claro y por escrito la obligación de comunicar la ausencia en el mismo momento en que se produzca, aunque el trabajador no tenga que aportar ya su parte de baja médica.

Canales de comunicación: por último, procedería estandarizar los canales de comunicación para informar de la ausencia: mail corporativo, Intranet, etc.…

Conclusión

Aunque la normativa ha simplificado el procedimiento administrativo de las bajas médicas, la obligación del trabajador de notificar su ausencia por incapacidad temporal sigue plenamente vigente. Esta obligación, amparada por la jurisprudencia, no solo es un requisito legal, sino también una expresión de buena fe en la relación laboral.

Para las empresas, es fundamental adaptar sus protocolos internos y definir canales eficaces para comunicar las ausencias por incapacidad temporal, evitando así malentendidos, retrasos o posibles conflictos laborales.

Si necesitas ayuda, en Heredia Cruces contamos con un equipo especializado en asesoría laboral que puede ayudarte a revisar, actualizar y blindar tus protocolos internos para que todo esté alineado con la normativa actual.
Estaremos encantados de acompañarte en la prevención de conflictos laborales y en la protección jurídica de tu empresa.

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