¿Cuáles son las obligaciones del usufructuario de un bien inmueble?

Obligaciones del usufructuario

Tabla de contenidos

Supongamos que has decidido dejarle a Tu hijo tu casa, pero con una condición: tú vas a vivir en esa casa hasta que fallezcas. Esto se llama usufructo vitalicio. En este acuerdo, tú, como usufructuario, tienes el derecho de disfrutar de la casa, pero también tienes algunas obligaciones.

Primeramente, definimos como usufructuario a aquella persona que, en virtud del usufructo, tiene derecho a usar y disfrutar de un bien ajeno conservando su forma y sustancia, a menos que el título por el que se constituya su derecho le autorice a otra cosa. Dicho usufructo puede ser vitalicio y extender hasta que la persona fallezca.

Tenemos que entender que la figura del usufructuario es complementaria a la figura del nudo propietario. El nudo propietario es el titular del derecho de propiedad sobre el bien, pero no es titular del derecho de uso y disfrute. Por el contrario, el usufructuario posee el derecho de uso y disfrute que implica poder usar el bien objeto de usufructo y beneficiarse de los frutos que produzca.

¿Dónde se regula la figura del usufructuario?

En el Código Civil los derechos y obligaciones del usufructuario están recogidos del artículo 467 al artículo 470 del CC. Tiene especial importancia lo expresado en el artículo 470 del Código Civil debido a que los derechos y obligaciones de esta figura se pueden determinar en la escritura constitutiva del usufructo, y en defecto de esta escritura, aplicaremos las disposiciones contenidas en el Código Civil.

¿Qué derechos tiene el usufructuario?

El usufructuario tiene los siguientes derechos recogidos en los artículos del 471 al 490 del Código Civil :

  • Derecho a percibir todos los frutos naturales, industriales y civiles de los bienes objeto del usufructo, incluidos los pendientes al tiempo de comenzar el usufructo. Por ejemplo, las rentas, las cosechas, los intereses, etc. Los frutos generados y pendientes de percibir al terminar el usufructo pertenecen al propietario.
  • Derecho a disfrutar del aumento que reciba la cosa usufructuada por accesión, o de las servidumbres a su favor, y de cualquier otro beneficio inherente a la cosa.
  • Derecho a usar la cosa por sí mismo, a arrendarla o a enajenar su derecho, teniendo en cuenta que todos los contratos que celebre sobre ella se extinguirán cuando lo haga el usufructo.
  • Derecho a servirse de las cosas objeto del usufructo aunque se deterioren por el uso, sin la obligación de restituirlas a su estado original, salvo que actúe con dolo o negligencia, en cuyo caso deberá indemnizar al propietario.
  • Derecho a consumir las cosas objeto de usufructo si el consumo va implícito en su uso, con la obligación de pagar el importe de su valor al terminar el usufructo.
  • Derecho a hacer en los bienes usufructuados las mejoras útiles o de recreo que estime convenientes, siempre que no altere su forma o sustancia, y sin derecho a indemnización.
  • Derecho a que el nudo propietario permita el disfrute pacífico de su derecho de usufructo.

¿Qué obligaciones tiene el usufructuario?

Por otro lado, el usufructo también tiene una serie de obligaciones que están recogidas en los artículos del 491 al 512 del Código Civil y, son:

  • Obligación a formar inventario de todos los bienes objeto del usufructo antes de entrar en el goce de los mismos.
  • Obligación de prestar fianza y comprometerse a cumplir con sus obligaciones legales. Se exceptúa de esta obligación al vendedor o donante que se haya enajenado el bien reservándose el usufructo, a los padres usufructuarios de los bienes de los hijos y al cónyuge sobreviviente que recibe en herencia el usufructo como cuota legal usufructuaria.
  • Obligación de cuidar de las cosas objeto del usufructo como un buen padre de familia.
  • Obligación de responder del menoscabo que sufran las cosas usufructuadas por culpa o negligencia de la persona a cuyo favor las enajene o arriende.
  • Obligación de hacer las reparaciones ordinarias que necesiten las cosas que sean objeto del usufructo. Las reparaciones extraordinarias serán de cuenta del propietario.
  • Obligación de soportar las obras y mejoras que realice el propietario en la cosa usufructuada, siempre que ello no disminuya el valor del usufructo ni perjudique el disfrute del derecho del usufructuario.
  • Obligación de pagar las cargas y contribuciones anuales y los gravámenes sobre los frutos mientras dure el usufructo. Por ejemplo, el usufructuario es el sujeto pasivo del impuesto sobre bienes inmuebles por delante del nudo propietario (artículo 61.1.c de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).
  • Obligación de pagar los legados a que obligue la herencia sobre los bienes usufructuados en la parte proporcional que corresponda a su derecho.
  • Obligación de informar al nudo propietario de cualquier acto de terceros, cuando tenga noticia, que pueda lesionar los derechos de propiedad, y deberá responder de los daños y perjuicios si no lo hace por culpa suya.
  • Obligación de pagar los gastos, costas y condenas que se deriven de los pleitos sostenidos sobre el usufructo.
  • Obligación de devolver al propietario la cosa usufructuada al término del usufructo.

¿Cuándo se extingue el derecho del usufructuario?

El derecho del usufructuario durará lo que se establezca en la escritura de constitución del mismo; aunque puede extinguirse por unos motivos tasados establecidos en el artículo 513 del Código Civil, que son los siguientes:

  • Por expiración del plazo por el que se constituyó el usufructo, o por cumplirse la condición resolutoria, si la había.
  • Por la renuncia del usufructuario.
  • Por la pérdida total de la cosa objeto de usufructo.
  • Por la resolución del derecho de la persona que constituyó el usufructo.
  • Por prescripción.
  • Por muerte del usufructuario.
  • Por expropiación de la cosa por causa de utilidad pública, a cambio del pago de los intereses de la indemnización por parte del nudo propietario, salvo que este sustituya el bien expropiado por otro de igual valor y análogas condiciones.

Cómo cumplir con las obligaciones del usufructuario sin sorpresas legales

En este artículo hemos repasado las principales obligaciones del usufructuario de un bien inmueble, tales como el cuidado adecuado de la propiedad, el pago de impuestos y la devolución del bien al propietario al finalizar el usufructo. Cumplir con estas responsabilidades, como establece el Código Civil, es fundamental para evitar conflictos legales y proteger los derechos tanto del usufructuario como del propietario.

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