Con fecha 21 de abril de 2020, se ha publicado en el BOE, las nuevas medidas tributarias que afectan tanto a autónomos como a empresas, que a continuación detallamos:
- Estimación objetiva del IRPF: se permite renuncia tácita al régimen de estimación objetiva realizada, presentando pago fraccionado del primer trimestre en plazo y calculado en estimación directa (tiene efectos solo para 2020).
Lo mismo se aplica al IVA y en IGIC respecto a la renuncia y revocación de los regímenes especiales.
- Extensión de determinados plazos de vigencia: ampliando los plazos hasta el 30 de abril o hasta el 20 de mayo de 2020, los distintos plazos se establecen en el 33 del RD-ley 8/2020. Tiene en cuenta lo siguiente,
- Plazo de pago de deudas liquidas
- Vencimiento de los plazos de acuerdos de aplazamientos comunicados
- Plazos para efectuar alegaciones, requerimientos…
- La administración no podrá ejecutar garantías que recaigan sobre inmuebles
- Los plazos relacionados con el desarrollo de subastas y adjudicación de bienes
- El plazo máximo para atender requerimientos o solicitudes de información formulados en la Dirección General del Castastro
- El plazo máximo para ejecutar las resoluciones económico-administrativo
- Los plazos de prescripción y de caducidad se suspenden
Cuyo vencimiento será el 30 de mayo, exceptuando aquellos que el vencimiento sea posterior a dicha fecha. Todas notificaciones tienen que ser de antes o después del 14 de marzo.
- Opción a cambiar de porcentaje sobre cuota a porcentaje sobre base de los pagos del impuesto de sociedades (solo vinculable a ejercicios iniciados en el 2020)
- Micropymes: pago fraccionado a los contribuyentes con un volumen de operaciones no superior a 600.000€
- Pymes: pago fraccionado a los contribuyentes con un volumen de operaciones no superior a 6.000.000€
- Aplazamiento de las deudas de ámbito portuario, devengadas desde el 13 de marzo hasta el 30 de junio
- No inicio del período ejecutivo: si se presenta una autoliquidación tributaria, cuyo plazo finaliza entre el 20 de abril y el 30 de mayo. También hay que cumplir los siguientes requisitos:
- Presentación de autoliquidación en plazo
- El contribuyente haya solicitado, en periodo voluntario de presentación, un préstamo avalado por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
- Que se satisfagan esas deudas tributarias
- Que se conceda la financiación al menos por el importe de deudas tributarias
- Tipos impositivos del IVA:
- Tipo impositivo 0% para entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de material sanitario. Las características: deben ser de operaciones realizadas entre el 23 de abril y el 31 de julio, los destinatarios han de ser entidades de derecho público y estas operaciones no limitan el derecho a deducir.
- Se reduce del 21% al 4% el tipo impositivo aplicable a entregas de libros, revistas y periódicos elctrónicos.
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